Lo hizo a través del Decreto 1084/2024 publicado en el Boletín Oficial. El documento fijó, entre otras cuestiones, un “plazo mínimo entre el fallecimiento de una persona y la utilización de su nombre en los bienes del Estado”. Cuáles son las razones que esgrimió el Poder Ejecutivo.
Fuente: https://www.clarin.com/politica/gobierno-prohibe-propaganda-politica-partidaria-edificios-publicos-nacion-establece-limites-denominacion_0_0Kkpu2dPfm.html